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Qué motivo e institución poner en la constancia de antecedentes penales federal (y cuándo te la pueden negar)

Los supuestos del Acuerdo 2025 de PRS, qué escribir en cada campo del portal y los errores que terminan en una solicitud cancelada sin devolución.

Equipo GestorNoPenalesMXActualizado: 4 min de lectura

Al pedir la constancia de antecedentes penales federal, el portal de PRS te pregunta qué institución te la solicita y con qué motivo, y esa respuesta decide si procede. Aquí los supuestos que admite el Acuerdo publicado en 2025, qué escribir en cada campo y los errores que terminan en una solicitud cancelada sin devolución.

Los supuestos del Acuerdo 2025

El Acuerdo de Prevención y Reinserción Social publicado en el Diario Oficial de la Federación en abril de 2025 (que sustituyó al de julio de 2023) fija cuándo se expide la constancia federal a la persona interesada: cuando la requiere una autoridad administrativa o judicial; para ejercer un derecho o cumplir una obligación previstos en la ley; cuando una ley la exige para ocupar un empleo, cargo o comisión en el servicio público; para ingresar a instituciones de seguridad pública o privada; cuando la solicita una embajada o consulado, mexicano o extranjero; y cuando la naturaleza del puesto o el interés público hacen razonable exigirla. Son los mismos supuestos que enumera el artículo 27 de la Ley Nacional de Ejecución Penal. El Acuerdo también establece que la constancia no tiene una vigencia fija: la fija quien te la pide.

Te la pide…SupuestoQué poner como institución
Una embajada o consulado (visa, residencia, nacionalidad)Embajadas y consuladosEl nombre de la embajada o consulado (p. ej. «Embajada de España en México»)
Una dependencia de gobierno para contratarteServicio públicoLa dependencia o entidad (p. ej. «Secretaría de Salud»)
Guardia Nacional, policía estatal, custodia, empresa de seguridad privadaInstituciones de seguridadLa corporación o la empresa, con su nombre completo
Un juzgado, fiscalía o autoridad administrativaRequerimiento de autoridadLa autoridad y, si lo tienes, el número de expediente
Un trámite donde la ley la exige (licencias, registros, adopción, portación de armas)Derecho u obligación legalLa dependencia que lleva el trámite
La SRE, para tu carta de naturalizaciónDerecho u obligación legal«Secretaría de Relaciones Exteriores» y el motivo «naturalización»

Qué poner en «institución»

Escribe el nombre completo y real de quien te la pide, tal como aparece en su oficio, convocatoria o lista de requisitos. La institución queda impresa en la constancia; si pones una genérica («trabajo», «empresa») o una distinta a la que entregarás el documento, es común que lo rechacen por no corresponder.

Qué poner en «motivo»

Elige el supuesto que corresponde y describe el trámite en una línea: «ingreso a plaza de base», «visa de residente temporal», «proceso de reclutamiento», «requerimiento en expediente 123/2026». Evita motivos que no estén en el Acuerdo: el portal puede cancelar la solicitud y, según sus reglas, los derechos pagados no se devuelven.

Dato útil: la institución y el motivo no se pueden cambiar después de generar la solicitud, igual que el correo registrado (el enlace de descarga se envía una sola vez a ese correo). Revísalos antes de pagar.

Si es para un empleo privado

Para empleos en empresas privadas que no son de seguridad, lo habitual es que Recursos Humanos pida la carta de no antecedentes penales de tu estado, que expide la fiscalía, la secretaría de seguridad o el poder judicial de la entidad, no la federal. Si tu empleador insiste en la federal, pídele que te indique el supuesto en el que se apoya (por ejemplo, un puesto que la ley condiciona a no tener antecedentes) y escríbelo tal cual en el motivo. En federal vs estatal está la regla completa y en el directorio por estado quién emite la de tu entidad.

Errores que hacen que te la nieguen (o la pagues dos veces)

  • Nombre de quien te registró distinto al del acta: el portal valida tu CURP con el nombre de tu madre, padre o tutor; un segundo nombre omitido rebota la solicitud.
  • Correo con error: el enlace de descarga llega a ese correo, una sola vez, y vence a los 30 días.
  • Documentos vencidos o ilegibles cuando hay homonimia: acta reciente e identificación vigente, en PDF de máximo 2 MB cada uno.
  • Pagar en un sitio falso: el único portal oficial es constancias.oadprs.gob.mx; el gobierno ha alertado de páginas que lo imitan con dominios parecidos. Cómo reconocer el portal oficial →

Cómo lo hacemos nosotros

Antes de pagar revisamos tu CURP, el nombre del registrante y que el motivo corresponda a un supuesto del Acuerdo; capturamos la institución tal como te la pidieron; pagamos los derechos; si hay homonimia cargamos tu acta e identificación y damos seguimiento hasta 10 días hábiles; y te entregamos el PDF oficial en tu correo. Si no logramos tu constancia, te devolvemos el 100 %.

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Preguntas frecuentes

¿Puedo poner «empleo» como motivo si es una empresa privada?

El portal pide institución y motivo, y la constancia se expide para los supuestos del Acuerdo: autoridades, derechos u obligaciones legales, servicio público, seguridad pública o privada, embajadas y consulados, y puestos cuya naturaleza lo justifique. Si tu empleador es una empresa de seguridad o el puesto lo exige por ley, cabe; si es un empleo privado común, lo habitual es que te pidan la carta estatal.

¿La institución queda impresa en la constancia?

Sí: el documento indica para qué institución y con qué motivo se expidió. Por eso conviene poner exactamente el nombre de quien te la pide (la embajada, la dependencia, la empresa de seguridad).

¿Me cobran si el portal rechaza la solicitud?

En el portal, los derechos pagados no se devuelven si la solicitud se cancela por documentos vencidos, incorrectos o faltantes. Con nosotros revisamos todo antes de pagar y, si no logramos tu constancia, te devolvemos el 100 %.

Transparencia: somos una gestoría privada, no PRS, la SSPC ni ninguna fiscalía o dependencia. Puedes hacer el trámite federal por tu cuenta en constancias.oadprs.gob.mx pagando solo los derechos; las cartas estatales las emite cada entidad. Esta guía es informativa y se actualiza con fuentes oficiales; las reglas pueden cambiar.

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