Vigencia de la carta de antecedentes no penales: cuánto «dura» y quién puede pedírtela
Cuánto «dura» cada carta, quién puede pedírtela, para qué sirve cada una y qué dice la ley sobre exigirla en un empleo.

«¿Cuánto dura la carta?» tiene una respuesta incómoda: lo que diga quien te la pide. Ninguna ley fija una vigencia general; cada institución decide qué antigüedad acepta, y cada estado le pone, o no, una fecha a la suya.
La regla real de la vigencia
La constancia federal no tiene vigencia fija: el Acuerdo de PRS de 2025 lo dice expresamente y el documento certifica el registro al día en que se expide. Las cartas estatales sí la tienen en varios estados (30 días en Colima e Hidalgo, tres meses en Baja California, Quintana Roo y Veracruz, 90 días hábiles en Jalisco, seis meses en Chiapas) y en otros no. Pero en la práctica manda el receptor: empresas, 30 a 90 días; embajadas, lo que fije cada una (suelen pedirla reciente, de uno a tres meses); SRE y dependencias, lo que indique el trámite. Por eso no conviene sacarla con mucha anticipación.
Consejo: pregunta «¿con qué antigüedad máxima la aceptan?» antes de tramitarla. Es la pregunta que evita pagar dos veces.
¿Quién y para qué la pide?
| Quién | Cuál | Para qué |
|---|---|---|
| Embajadas y consulados | Federal (PRS); Canadá, la CDR de la FGR; EE. UU. (inmigrante), la estatal | Visas de trabajo, residencia, nacionalidad |
| SRE | Federal y la del estado donde vives | Carta de naturalización |
| Dependencias y servicio público | Federal (y a veces la estatal) | Ingreso a plazas cuando la ley lo exige |
| Guardia Nacional, policías, custodios, seguridad privada | Federal y estatal (control de confianza) | Reclutamiento y certificación |
| Juzgados y fiscalías | Federal o estatal según el fuero | Procedimientos, beneficios, adopciones |
| Empresas privadas y escuelas | Estatal, casi siempre | Contratación, prácticas, becas |
| Plataformas (Uber, DiDi, reparto) | Estatal | Alta y renovación periódica de la cuenta |
Tus derechos: lo que un empleador sí y no puede hacer
La Ley Nacional de Ejecución Penal (artículo 27) limita los casos en que se expiden constancias de antecedentes penales: requerimiento de autoridad, ejercicio de un derecho o cumplimiento de un deber legal, empleos o cargos donde una ley lo exige, instituciones de seguridad y solicitudes de embajadas y consulados. La Ley Federal del Trabajo prohíbe negarse a contratar por motivos discriminatorios, y en octubre de 2023 el Senado aprobó una reforma para que los patrones no exijan la carta salvo en los supuestos legales; a 2026 sigue pendiente en la Cámara de Diputados y hay nuevas iniciativas en el mismo sentido. Mientras tanto, muchas empresas la siguen pidiendo. Si consideras que te discriminaron por un antecedente que ya cumpliste, puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) o al CONAPRED.
Un mismo documento no sirve para todo
La federal no acredita el fuero común ni la estatal el federal; la Constancia de Datos Registrales de la FGR es otro documento; y una carta de Jalisco no es una de Nuevo León. Antes de pagar, lee el requisito textual y, si no está claro, pregunta. Lo explicamos en federal vs estatal.
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Preguntas frecuentes
¿La constancia federal tiene fecha de vencimiento?
No: el Acuerdo de PRS no le fija vigencia y el documento refleja el registro a la fecha de emisión. Quien la recibe decide cuánta antigüedad acepta. Lo que sí vence es el enlace de descarga del portal: 30 días.
¿Y la carta estatal?
Depende del estado: Colima e Hidalgo la fijan en 30 días; Baja California, Quintana Roo y Veracruz en tres meses; Jalisco en 90 días hábiles; Chiapas en seis meses; otros (Coahuila, Tamaulipas, Aguascalientes) no le fijan vigencia. Siempre manda lo que pida la institución.
¿Una empresa puede negarme el trabajo por un antecedente?
La Ley Federal del Trabajo prohíbe la discriminación y el Senado aprobó en 2023 una reforma para que los patrones no exijan la carta, salvo cuando la ley lo prevea; en 2026 esa reforma sigue pendiente en la Cámara de Diputados y hay nuevas iniciativas. En la práctica, muchas empresas la siguen pidiendo; si te discriminan, puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo o al CONAPRED.
Transparencia: somos una gestoría privada, no PRS, la SSPC ni ninguna fiscalía o dependencia. Puedes hacer el trámite federal por tu cuenta en constancias.oadprs.gob.mx pagando solo los derechos; las cartas estatales las emite cada entidad. Esta guía es informativa y se actualiza con fuentes oficiales; las reglas pueden cambiar.
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